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25 septiembre 2019

Una renta máxima republicana




Las causas aducidas para explicar o justificar la existencia de ricos y pobres son muy abundantes. No falta quien se atreve a calificar esta existencia de “natural”, como si la propiedad de “natural” fuera positiva, o buena, o aconsejable. Cualquier estudioso de la naturaleza sabe que no es ni moralmente buena ni mala, simplemente es. La naturaleza no tiene moral. Pero los apologetas de las grandes desigualdades económicas sí que introducen valoraciones morales al justificarlas por los méritos, o por la capacidad de iniciativa e innovación, o por la motivación competitiva. Cristianos y religiosos en general, liberales doctrinarios, seguidores de la escuela austriaca, neoliberales, darwinistas sociales… han aportado distintas justificaciones filosóficas o seudofilosóficas ante esta constante histórica de la existencia de ricos y pobres.

La tradición de la libertad republicana tiene más de 2.300 años. Tiene dos grandes variantes: la oligárquica y la democrática. Pero para ambas, a diferencia del liberalismo, la libertad no puede entenderse separada de las condiciones materiales de existencia. Para la variante democrática del republicanismo, en la que hay que incluir desde Ephialtes y Pericles hasta Robespierre y Marx, la libertad política y el ejercicio de la ciudadanía no son compatibles bajo relaciones de dominación. ¿Y qué es la dominación para el republicanismo? La dominación –el dominium, en la literatura republicana histórica– es, por supuesto, proteica, pero la forma de regular la propiedad ha sido la cuestión más relevante que ha prevalecido y ha conformado los distintos diseños institucionales que hemos conocido. Y no se trata de una concepción de la propiedad ambigua porque la forma que el liberalismo hizo posteriormente suya (hasta hoy) fue la de William Blackstone: “el dominio exclusivo y despótico que un hombre exige y ejerce sobre las cosas externas del mundo, con exclusión total de cualquier otro individuo en el universo”. Por supuesto, muy diferente de otras concepciones de la propiedad que ya contemplaba el derecho civil romano, por no decir la que tenían republicanos contemporáneos de Blackstone.

https://www.rebelion.org/noticia.php?id=260805


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